lunes, 22 de noviembre de 2010
LA ASAMBLEA ANUAL M:.M:.M:.
A TODOS LOS MAESTROS MASONES DE LA MARCA DE LAS
LOGIAS SANTA CRUZ Nº 1794 Y CANTERA Nº 1805
LA ASAMBLEA ANUAL DEL DISTRITO DE MAESTROS MASONES DE LA MARCA, SE REALIZARA EN NUESTRA CIUDAD EL DIA VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DEL 2010 A HRS.; 18:30, EN NUESTRO EDIFICIO DE LA CALLE AYACUCHO, SEGUIDA DE LA CENA DE OBLIGACION.
ES IMPORTANTE LA PRESENCIA DE TODOS LOS MM.MM.MM.
AGRADECIENDO VUESTRA ATENCION
V. Hno. JUAN ABUAWAD
REPRESENTANTE REGIONAL
viernes, 19 de noviembre de 2010
81 Aniversario de la G:.L:.B:.
La Gran logia de Bolivia fue fundada, en Tenida Extraordinaria, el 20 de Noviembre de 1929, por siete Logias Masónicas existentes en el territorio de Bolivia, las que elevaron solicitud al Gran Oriente de Chile para lograr su segregación obteniendo, a la vez, la respectiva Carta Constitutiva el 12 de Abril de 1930, por Decreto firmado por el Serenísimo Gran Maestro de la Gran Logia de Chile, IL:. H:. Héctor Boccardo y Eugenio Matte H., en su calidad de Secretario General.
El Decreto, por acuerdo del Consejo del Gran Maestro del 3 de Febrero de 1930, autoriza la segregación de la Gran Logia de Chile, de las logias bolivianas que en adelante deberían formar la Gran Logia de Bolivia, las mismas que fueron: "Honor y Prudencia" N° 44 del Valle de Potosí, con Carta Constitutiva del 17 de enero de 1913; "Illimani" N° 49 del Valle de La Paz, con Carta Constitutiva de 4 de enero de 1918; "Honradez y Trabajo" N° 52 de Valle de Sucre, con Carta Constitutiva de 7 de agosto de 1917; "Tunari" N° 66 del Valle de Cochabamba, autorizados sus trabajos en Instancia por Decreto N° 124 de 8 de noviembre de 1926; "Adolfo Ballivián" N° 67 del Valle de Oruro, con Carta Constitutiva de 6 de noviembre de 1929; "Ayacucho" N° 68 del Valle de La Paz, con Carta Constitutiva de 1928 y "Anglo Bolivian" N° 69 del Valle de La Paz, con Carta Constitutiva de 2 de octubre de 1929.
La Gran Logia de Bolivia es el único Poder Legislador y Regulador de la Francmasonería Simbólica en el territorio de la República de Bolivia; es soberana y no reconoce dependencia de Organización o Poder Masónico alguno, sea nacional o extranjero.
Reconoce únicamente los tres grados simbólicos de Aprendiz, Compañero y Maestro con el Real Arco incluido, y tiene bajo su jurisdicción a todas las logias de la Masonería Simbólica en el Rito Escocés Antiguo y Aceptado y en el Rito de York, y en cualquier otro Rito que pudiera autorizar en el futuro, y las Capítulos del Arco Real a través del Gran Capitulo.
PRIMERA OFICIALIDAD DE LA GRAN LOGIA DE BOLIVIA
La primera oficialidad de la Gran Logia de Bolivia fue elegida en Solemne Tenida de Fundación, el 20 de noviembre de 1929 y estuvo integrada por los siguientes Ilustres Hermanos:
Serenísimo Gran Maestro
IL:. H:. Norberto Galdo Ballivián
Gran Diputado Gran Maestro IL:. H:. Filiberto Osorio
Gran Primer Teniente
IL:. H:. Willian Pickoad
Segundo Gran Teniente IL:. H:. Federico Martins
Gran Orador IL:. H:. Willy Hermanowics
Gran Secretario IL:. H:. Abelardo Ibañez Benavente
jueves, 11 de noviembre de 2010
Declaracion Publica del Instituto Laico de Estudios Contemporaneos de la Argentina
Desde "Maestro Mason" nos unimos a la declaracion de la Mas:. Argentina!
Masoneria Argentina - Subsecretaria de Relaciones InstitucionalesÂ
Declaracion Publica del Instituto Laico de Estudios Contemporaneos de la Argentina
Ante las recientes manifestaciones publicas realizadas por el actual Ponti fice de la Iglesia Catolica Apostolica y Romana sobre cuestiones vinculadas al laicismo, este Instituto se ve en la necesidad de expresar, tambien en forma publica, los siguientes 10 puntos:
1. Que, como muchas veces hemos expresado, el laicismo no debe ser presentado ni como agresivo ni como enemigo de las religiones, puesto que entiende que las mismas son hechos sociales y culturales que merecen nuestro respeto dentro de los limites legales a los cuales deben ceñirse;
2. Que todas esas confesionalidades, en pie de igualdad, son también un fenomeno ajeno al quehacer estatal, puesto que corresponden al fuero i ntimo y privado de sus fieles lo que debe ser protegido por la legislacion, en tanto y en cuanto no excedan los limites que señala el derecho positivo de cada Estado;
3. Que el derecho a profesar una religion, que no contravenga el orden publico y la legislacion del Estado, ha de ser tan pleno como el derecho a no tener ninguna;
4. Que el laicismo, como concepto poli tico que es, busca la inclusion plena de la poblacion de cada estado a los fines y efectos que todos, sin distincion por causa alguna, puedan convivir en diferencias enriquecedoras de toda sociedad: tolerancia y armoni a con las igualdades diferencias enriquecedoras de toda sociedad;
5. Que el laicismo desde siempre ha sostenido el respeto irrestricto al libre pensamiento como base de la aceptacion de la opinion ajena y, en definitiva, de la democracia como estilo de vida;
6. Que el laicismo, lejos de ser un enemigo agresivo, es un valor fundamental para la plena integracion de los pueblos garantizando la no discriminacion racial, sexual, de genero o de religion;
7. Que en todo Estado, cuando se confunden los valores religiosos i ntimos de cada persona con los principios legales y poli ticos de la sociedad, conculcacion de los derechos individuales de los ciudadanos;8. Que es necesario, al decir de Fernando Savater, una disposicion secularizada de la religion, incompatible con una vision integrista de la misma que tienda a convertir los dogmas propios en obligaciones sociales para otros;
9. Que las creencias religiosas son acogidas por la sociedad en cuanto sean un derecho de quienes las profesan, pero no deberes que pueda imponerse a los demas;
10. Que el Estado, como representante legal y poli tico de todos sus habitantes, debe mantener una actitud neutra y tolerante hacia las religiones aceptando a todas en pie deigualdad, pero sin privilegiar a ninguna en particular. Ello como modo de asegurar la armoni a, la paz social y la democracia.
Fuente:Instituto Laico de Estudios Contemporaneos de la Argentina»¿
http://ilec-argentina.org/
martes, 9 de noviembre de 2010
lunes, 1 de noviembre de 2010
La Historia Mas:. en el mes de Noviembre
Recordando al IL:. Pod:.Franz Ressel Hoffmann 33° con mucho cariño después del primer año sin él.
2º de Noviembre.- Nace Friedrich Ludwin Schroder, creador del Rito que reformo la Masonería alemana que lleva su nombre, 1744
Fundación del S:. C:. de Israel, 1966
4º de Noviembre.- Iniciado George Washington, héroe de la independencia americana, en la logia Fredericksburg Nº 4, 1752
5º de Noviembre.- Iniciado Frederick Lewes, Príncipe de Gales, hijo mayor del Rey George II , 1737
6º de Noviembre.- Es guillotinado el Duque de Orleans ex G:.M:. de Francia, 1793
Fundación de la G:.L:. nacional francesa, 1913
Fundación de la G:.L:. de España, 1982
11º de Noviembre.- Iniciado James Monroe, 5º presidente americano en la L:. Williamsburg Nº 6, 1775
Fundación del S:.C:. del Paraguay, 1871
12º de Noviembre.- Fundación del S:.C:. para el Imperio del Brasil del R:.E:.A:.A:., 1832
15º de Noviembre.- Fundación del Gran Capitulo general de la Orden de la Estrella de Oriente, 1876
17º de Noviembre.- Fundación del S:.C:. de Israel, 1966
Renace la G:.L:. de Checoslovaquia, destruida por Hitler en 1939 y después por los comunistas en 1948, 1990
18º de Noviembre.- Fundación de la G:. L:. Oriental de Colombia, 1945
20º de Noviembre.- Fundación de la G:.L:. de Bolivia, 1929
22º de Noviembre.- Fundación del S:.G:.C:. del Real Arco en la India, 1963
23º de Noviembre.- Reconstituido el S:.C:. de Yugoslavia, 1991
Reconstituido el S:.C:. del Checoslovaquia, 1991
24º de Noviembre.- El Caballero Christopher de Bonneville funda el Cap:. De Clermont donde se origina el R:.E:.A:.A:. en Paris, 1754
Fundada la G:.L:. de India, 1961
27º de Noviembre.- Fundada la G:.L:. de Nicaragua, 1907
Fundada la G:.L:. de Bulgaria, 1917
28º de Noviembre.- Es expedida la carta constitutiva de la Log:. Quatuor Coronai N° 2066, 1984
29º de Noviembre.- Fundación del S:.C:. de África del Sur, 1992
30º de Noviembre.- Nace el H:. Jonathan Swift, autor de “Los viajes Gulliver”, 1667
Fundación de la G:.L:. de Escocia, 1736
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